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En once artículos

Brandsen: presentan proyecto para modificar el Reglamento Interno del Concejo Deliberante

Desde el bloque del Frente Renovador se ha elaborado un proyecto tendiente a modificar el texto de once artículos del Reglamento Interno del Concejo, iniciativa que será presentada durante la sesión del próximo lunes.

Por Damián Belastegui, corresponsal de NOVA en Brandsen

La dinámica tediosa, redundante y hasta algunas veces fuera de tema con la que se vienen abordando varios puntos del Orden del Día en el Concejo Deliberante de Brandsen, hace que las sesiones sean extremadamente extensas, muchas de ellas estirándose hasta la madrugada. Por supuesto, el horario de finalización de las sesiones sería apenas anecdótico si en ellas se tratarían las problemáticas del distrito depuradas de chicanas, debates estériles, reiteraciones y apelaciones a temas que nada tienen que ver con el punto en tratamiento.

Esta situación generó meses atrás la inquietud del presidente del Concejo, Raúl Paz, quien tiró sobre la mesa la posibilidad de modificar el Reglamento Interno del deliberativo a los fines de encausar la situación, aunque aclaró que “no quisiera ser yo el que lo modifique, sino que lo hago como un disparador para que se trate el tema”.

En efecto, por estos días, desde el bloque del Frente Renovador se ha elaborado un proyecto tendiente a modificar el texto de once artículos del Reglamento Interno del Concejo, iniciativa que será presentada durante la sesión del próximo lunes y que no sólo contempla algunos aspectos propios de las sesiones, sino también al desempeño de los ediles en el marco de las comisiones.

Penas por ausencias

Considerando preciso ordenar el tratamiento de los distintos temas abordados “con la finalidad de enriquecer el debate, profundizando lo esencial en beneficio de la comunidad, debatiendo los dictámenes elevados por las comisiones internas luego del análisis exhaustivo de las mismas en tiempo y forma”, el proyecto contempla, primeramente, las penas a aplicar en casos de ausencias de concejales.

En este aspecto, se estipula que, por cada ausencia injustificada a las sesiones (las que deberán ser convocadas con 48 horas hábiles de anticipación), se aplicará a los concejales un descuento equivalente al 20 % de su compensación mensual, aunque, de llamarse a una sesión (por cualquier circunstancia) sin el plazo de 48 horas hábiles, la penalidad no será aplicable. En tanto, por cada tres ausencias sin aviso consecutivas o cinco alternadas dentro del mes calendario a las reuniones de comisiones, se efectuará el mismo descuento por el período correspondiente.

Asimismo, a los efectos de registrar la presencia de los ediles a las reuniones de comisión, se habilitará en la Secretaría del Cuerpo un libro foliado, el que deberá ser firmado en cada reunión de comisión por los asistentes, llevando la rúbrica de la Presidencia, y bajo la custodia de la Secretaría, siendo la Comisión de Reglamento, Digesto e Interpretación, al finalizar cada mes y de acuerdo a los Registros de Asistencia a las reuniones de Comisión y Sesiones Ordinarias, la que comunicará a la Presidencia sobre las inasistencias incurridas, para que confeccione un Decreto, ordenando se practique los descuentos que corresponda. En caso de que dicha comisión no se expidiera, queda facultada la Presidencia a aplicar las sanciones.

Por su parte, se estipula que el concejal sancionado podrá presentar un recurso ante el Concejo en la primera sesión que se realice después de su notificación, mientras que el Cuerpo deberá expedirse en la misma sesión haciendo o no lugar al recurso por simple mayoría de votos de los presentes.

Tiempos y uso de la palabra

Respecto a las modificaciones que apuntan a revertir una de las falencias más visibles en la dinámica actual del deliberativo, como lo es la extensión y cantidad de intervenciones de los concejales durante cada punto, la iniciativa estipula que, cada vez que se presente un proyecto, y luego de su lectura en la sesión que ingrese, un miembro del bloque o el concejal autor del mismo, podrá fundamentarlo brevemente por un lapso no mayor de cinco minutos para luego girar el texto sin debate a las comisiones internas correspondientes.

En caso de tratarse el tema sobre tablas, se procederá conforme al capítulo referido al uso de la palabra (Art. 84), el cual también se pretende modificar, detallando que ningún concejal podrá hacer uso de la palabra por más de veinte minutos por punto tratado, en tanto que, sólo con la aprobación por simple mayoría del Concejo, podrá extender dicho plazo por diez minutos más. En lo que refiere a las notas, comunicaciones y expedientes remitidos al Concejo, luego de la lectura en la sesión que ingresen, serán giradas a las comisiones internas correspondientes sin debate, procediéndose de la misma forma que en los proyectos al hacerse uso de la palabra en caso de tratarse sobre tablas.

Respecto a los dictámenes, se prevé que el miembro informante de la comisión tendrá el derecho de hacer uso de la palabra para hacer la argumentación, como así también a cerrar el debate para replicar los discursos u observaciones al dictamen si lo considera necesario. Aquí, cada Concejal no podrá hacer uso de la palabra, sino una sola vez sobre el tema en tratamiento, salvo el caso en que tenga que rectificar aseveraciones equivocadas que se hubieran hecho sobre sus palabras. Pese a estas determinaciones, también se contempla que el Concejo podrá declarar libre debate, previa moción de orden para tal efecto, en cuyo caso cada Concejal tendrá derecho a hablar cuántas veces lo considere.

Actividad de comisiones

A su vez, y en cuanto a la labor en las comisiones internas, si las mismas tienen retardo en el abordaje de los temas de estudio, podrán ser compelidas por el Concejo y/o la Presidencia para que se expidan o den cuenta del estado en que se encuentran los asuntos dentro de los plazos legales cuando corresponda. De no haber avances, el asunto será tratado en la primera sesión, con o sin despacho de las comisiones internas.

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