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Bruera pide sanciones para los camaristas que liberaron al violador de Olmos

El concejal del FpV-PJ, Gabriel Bruera. (Foto: NOVA).

El concejal del FpV-PJ Gabriel Bruera presentó un pedido de informes en el Concejo Deliberante para conocer qué medidas le aplicará el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires a los camaristas integrantes de la sala cuarta, Ariel Agüero y María Riusech, quienes liberaron a un abusador que volvió a atacar, pese a las advertencias que dictaminaban la inconveniencia de su reinserción en la sociedad.

El edil solicitó al Departamento Ejecutivo que se dirija al Ministerio de Justicia, encabezado por Gustavo Ferrari, para que informe qué acciones tomará contra los camaristas, quienes otorgaron el beneficio de la libertad condicional a Osvaldo Oscar Sequeira, que al mes de estar en su casa atacó sexualmente a cuatro mujeres.

Para Bruera, los camaristas “desafiaron” las medidas adoptadas por la jueza de Ejecución Marengo, quien en su resolución había advertido que no consideraba conveniente el ingreso de Sequeira a la sociedad y había pedido a las autoridades penitenciarias que se garantice su atención terapéutica, ya que los informes del Departamento Técnico Criminológico también había dictaminado que era inconveniente que éste recupere su libertad, “puesto que no controlaba sus impulsos y mantenía una conducta exculpatoria”.

“Los jueces de la Cámara desafiaron y otorgaron la libertad condicional, cuando existía una pericia que expone la jueza de Ejecución que le deniega la libertad condicional el 14 de febrero de 2017, en la cual se refleja que Sequeira nunca había realizado tratamiento de rehabilitación respecto de su hábito adictivo, y considera no necesitarlo”, sostuvo el concejal.

Y finalizó: “Si bien no es vinculante la pericia psicológica, el artículo del código expresa explícitamente que se tiene que tener en cuenta y se tiene que hacer efectivo el principio de individualidad en la ejecución de la pena. Además, más allá que de los informes de la unidad le den satisfactoriamente, las mismas autoridades del servicio penitenciario determinan que es inconveniente la incorporación del condenado a la libertad condicional”.

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