Concejo Deliberante
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Se aprobó una ordenanza que promueve el funcionamiento de los Centros Culturales Alternativos

La aprobación de este proyecto fue acompañada por todos los bloques políticos del Concejo Deliberante de La Plata.

El Concejo Deliberante de La Plata aprobó una ordenanza que establece una serie de pautas y normas para el funcionamiento de los Centros Culturales Alternativos que desarrollan sus actividades en la ciudad.

La ordenanza aprobada este miércoles establece que se "creará un registro municipal de Espacios Culturales Alternativos" para brindar asesoramiento legal y contable para estas instituciones que no cuenten con los requisitos básicos para la inscripción. Ese registro funcionará en ámbitos de la Secretaría de Cultura de la Municipalidad.

La disposición define a estas entidades como "espacios no convencionales, experimentales o multifuncionales donde se realice la producción, formación, investigación y promoción del arte y la cultura en sus diversas manifestaciones: artes escénicas (danza y teatro), música, artes plásticas, literatura, medios audiovisuales, exhibiciones de artes visuales, proyecciones multimedia, charlas, conferencias, educación formal y no formal, otras expresiones culturales y cualquier actividad de carácter formativa relacionada con todas las manifestaciones tangibles e intangibles del arte y la cultura".

El artículo tercero de la ordenanza enumera los requisitos para la habilitación:

-Personería jurídica de Asociación Civil sin fines de lucro o cooperativas.

-Acreditar propiedad, locación, comodato, tenencia de hecho, y /o cualquier otra forma legal de ejercicio de la administración del ESPACIO CULTURAL ALTERNATIVO.

- Certificación de bomberos acreditando las condiciones de anti siniestralidad.

- Presentación de dos copias de plano aprobados por la Dirección de Obras Particulares.

- Proyecto de Planificación Cultural en donde se especifiquen las actividades culturales y artísticas a realizar y la zona de incidencia de las mismas. Se deberá detallar cursos, docentes, ferias y actividades de nocturnidad.

La normativa determina una serie de eximiciones impositivas y la posibilidad de que los Centros accedan a una subvención de manera mensual acorde a las categorías.

Además, prevé que las entidades culturales alternativas tendrán que "contemplar un cupo de 10% sobre el total de los inscriptos de becas gratuitas". Habrá prioridad de acceso a las mismas a los que acrediten ser beneficiarios de los programas AUH y PROGRESAR. La nómina de los becados deberá ser elevada a la Secretaría de Cultura.

Durante la sesión ordinaria una de las autoras del proyecto Lorena Riesgo (FpV-PJ) destacó el enorme trabajo de todos los protagonistas de los Centros Culturales conjuntamente con los funcionarios de la cultura local, la red de Centros Culturales y la Comisión de Cultura y Educación perteneciente al Concejo Deliberante, para hacer que esta ordenanza sea viable de ser sancionada sin inconvenientes y funcionar adecuadamente.

"Poner a la cultura como primordial en el espacio político hizo que hoy podamos celebrar esta legislación que además es pionera en la provincia de Buenos Aires" destacó Florencia Saintout, también impulsadora de la norma.

La aprobación de este proyecto fue acompañada asimismo por todos los bloques políticos.

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