Judiciales y Policiales
Se les pagará en euros

Pesificación de jubilaciones extranjeras: declaran inconstitucionalidad del cepo cambiario

El Dr. Fernando Padovan, nieto de uno de los extranjeros. (Foto: archivo de NOVA)

El último viernes, antes del comienzo de la feria judicial, el juez federal de La Plata, Adolfo Ziulu, resolvió el amparo presentado por dos jubilados italianos residentes en La Plata, declarándolo inválido por contrariar disposiciones constitucionales y tratados internacionales, constituyendo uno de los primeros precedentes sobre el “cepo cambiario”.

El Dr. Fernando Padovan, nieto de uno de los extranjeros, en dialogo con NOVA sostuvo que “la sentencia hizo lugar a la acción de amparo, declarando la inconstitucionalidad de las resoluciones y comunicaciones del Banco Central y la A.F.I.P que permitían la pesificación compulsiva de las jubilaciones extranjeras, convirtiendo los euros a pesos argentinos, y a valor oficial, lo cual provocaba un agravio de difícil reparación ulterior”. En consecuencia, se resolvió que se les pagues a los jubilados en euros que son girados por el “Instituto Nazionale della Providenza Sociale”.

“Dicho mecanismo aplicado por el Gobierno es abusivo, confiscatorio e ilegal por cuanto viola el orden público, y el derecho de usar y disponer de la propiedad privada, con especial apreciación puesto que se trata de materia previsional y goza de carácter alimentario, debiendo considerarse el carácter integral e irrenunciable de los derechos de la seguridad social”, manifestó Padován.

En efecto, las Resoluciones por las cuales se aplica dicha pesificación son de jerarquía inferior a la Constitución, en tanto hay una Ley que aprueba el Convenio de Seguridad Social y Protocolo entre Argentina e Italia que mantiene la inamovilidad de la moneda de origen, debiendo generar deberes positivos a cargo del Estado Nacional, de respeto, protección y promoción de los derechos sociales.

A su vez, el letrado señaló “que no existe estado de emergencia económica y social sino una prórroga indefinida que altera la ‘excepcionalidad’, ya que hace 10 años que se viene prorrogando la Emergencia, lo cual significa confiscatoriedad del Estado y degradación del sistema institucional vigente, transformando los plazos previstos en abstractos y aparentes”.

Además el “Cepo Cambiario” compromete el principio de “seguridad jurídica y certeza en el derecho” que hace a la eficacia de la Administración Pública, lo derechos, no pudiendo en caso de duda abstenerse o aplicar la regla es más prudente no hacer.

En éste contexto, la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, aprobada por la República Argentina, establece que todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido de buena fé (pacta sund servanda).

Por último Padován manifestó que “el kirchnerismo inventó su propia filosofía política en tanto hay una extraña fusión de nacionalismo, romanticismo, sub-progresismo y liberalismo que conducen al desconsuelo y a la irresponsabilidad, lo que atenta contra el sistema republicano de gobierno, circunstancia que debe ser reparada por el Poder Judicial como intérprete de la Ley y garante de la Constitución Nacional”

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