Brandsen
Conflicto entre cantera y municipio

Brandsen: Cámara de Apelaciones falló a favor de ELBIAL y dejó sin efecto la clausura

En su fallo, la Cámara hace lugar parcialmente al recurso de apelación de ELBIAL y revoca parcialmente la decisión judicial en cuanto dispuso el secuestro de maquinarias y vehículos presentes en el interior de la cantera.

Por Damián Belastegui, corresponsal de NOVA en Brandsen

La Sala III de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata hizo lugar a la apelación realizada desde la cantera ELBIAL y resolvió dejar sin efecto la clausura y secuestro de maquinarias que había dispuesto el fiscal Álvaro Garganta tras el allanamiento realizado a dicho emprendimiento en septiembre pasado que contó con la participación de la Municipalidad de Brandsen.

Vale recordar que el municipio había informado que ELBIAL se había clausurado “por carecer de habilitación y por tener vencida la inscripción como Productor Minero, el Informe de Impacto Ambiental, y por no poseer en el lugar la personería jurídica”.

NOVA tuvo acceso a la sentencia firmada por los magistrados Alejandro Villordo y Carlos Silva Acevedo, donde se detalla que la conducta penal que se pretende atribuir a las autoridades de la empresa “aparece como indefinida”.

En este sentido, se remarca que “en cuanto a los delitos ambientales supuestamente cometidos (y más allá de su competencia), no obra en el expediente el daño concreto que estaría produciendo la empresa (más allá del vertido de aguas) y qué normas de carácter penal se han quebrantado”.

Y añaden los camaristas: “En relación a la violación del cese de la actividad ordenada por la Dirección Provincial de Minería, no se cuenta con copias del expediente administrativo que la ordenó, no se tiene constancia fehaciente de la notificación de la medida (más allá de la copia del acta, incompleta). Tampoco se conoce si la decisión fue recurrida o si la misma se encuentra firme. Por otra parte, surge de las presentes actuaciones que se encuentra tramitando un pedido de renovación en el registro de productor minero de la Provincia de Buenos Aires, no se conoce cual es el estado del mismo”.

En relación a las clausuras impuestas por la Municipalidad de Brandsen, la sentencia de la Cámara expresa: “Se desprende de la causa que la empresa ELBIAL presentó una demanda contencioso-administrativa contra la Municipalidad de Brandsen —Acción declarativa de Inconstitucionalidad- que tramita ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 3 de La Plata desconociendo, por no haber constancias en la causa, cuál es su estado actual y que medidas tomó el Juez de ese fuero”.

En este sentido, y observando que, tanto en la causa en lo administrativo como en el expediente ante la Dirección de Minería provincial, se está analizando el accionar de ELBIAL sin saberse de modo fehaciente si lo allí dispuesto se encuentra firme o, por el contrario, fue recurrido, Villordo remarcó: “Considero que resulta prematuro disponer una medida cautelar del tenor de la presente (secuestro de maquinaria, la detención de las bombas de achique y cese de la actividad de la empresa) pasando por alto que las medidas cautelares dispuestas en sede penal basadas en un supuesto delito de desobediencia, se encuentran cuestionadas como cuestión de fondo en otras jurisdicciones”.

“Ello, claro está, sin perjuicio de las medidas que se tomen y lo que en definitiva resuelvan los orgasmos de aplicación respectivos (Autoridad del Agua y Dirección Minería de la provincia) y fuero administrativo respectivo”, agrega.

Por todo lo expuesto, el camarista propone “hacer lugar parcialmente al recurso de apelación, y revocar parcialmente la decisión judicial en cuanto dispuso el secuestro de maquinarias viales y vehículos presentes en el interior de la cantera y precintado de todos los elementos que permitan garantizar el cese efectivo de la actividad. Ello, sin perjuicio de lo que en definitiva, resuelvan los organismos jurisdiccionales y/o ante los cuales se ventila la cuestión de fondo”.

La postura de ELBIAL

Vale recordar que desde ELBIAL, se afirma que nunca existió violación de clausura municipal en atención a que poseen una habilitación emanada del Municipio para funcionar como cantera que data de la pasada gestión. Asimismo, se señala que existe un expediente administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 3 de La Plata, en el que están discutiendo la legitimidad de ese certificado del organismo municipal y la inconstitucionalidad del decreto 538/2012 que revoca la autorización al ELBIAL para trabajar.

También remarcan que ante la UFI Nº 8 se encuentra tramitando una causa vinculada a la presunta comisión de delitos de acción pública por parte de las autoridades municipales. Por otra parte mencionan que la empresa se encuentra inscripta como productor minero, certificado emitido por la Dirección Provincial de Minería.

“¿Por qué no habla con el intendente?”

En diálogo con NOVA acerca de esta situación, el abogado de la cantera, Dr. Jorge Kabakian, mostró satisfacción por lo dictaminado por la Sala III de la Cámara de Apelaciones. En tanto, al ser consultado sobre la denuncia penal que hicieron contra Garganta, Arias y funcionarios policiales tras el allanamiento en la empresa y a partir de la cual, por este medio, habló de supuestos pedidos de coimas desde el municipio, Kabakian detalló que está esperando ser citado a declarar para “ratificar la denuncia” y “acompañar con todas las pruebas que tenga uno en su poder”.

Asimismo, señaló que cuando empezó el conflicto con el municipio en 2012 “hay ciertas cosas que le dicen claramente cómo son: ‘¿por qué no va a la intendencia? ¿Por qué no habla con el intendente?’ Y yo les dije que esto lo tenemos que resolver de otra forma, no es una forma de solucionarla esa. Obviamente todo me conducía a ese lugar…”.

Y detalló que “el funcionario con el cual yo observé que era esa idea era el apoderado legal del municipio”, recordando que se trataba del “Dr. (Ricardo) Fabris”: “Puntualmente me dijo: ‘¿Por qué no va al Departamento Ejecutivo y lo arregla ahí el tema este?”, relató.

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