Judiciales y Policiales
A raíz de un crimen en Lisandro Olmos

Por decisión unánime, condenaron a prisión perpetua a Cristian Borgert

De izquierda a derecha: Miguel Molina, Carlos Irisarri y Alfredo Gascon.

Cristian Omar Borgert, de 26 años, fue condenado este miércoles a la pena de prisión perpetua como co-autor del crimen del comerciante platense, Jorge Eduardo Suárez (43), ocurrido en 2009 en un corralón de la calle 197 y 53 de Lisandro Olmos.

El caso, que aún tiene a un delincuente prófugo, fue ventilado por el Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, cuyos integrantes, Emir Caputo Tártara, Juan Carlos Bruni (h) y Julio Germán Alegre, en forma unánime, encontraron culpable al acusado.

“Comienzo por enunciar que tengo plena convicción -sobre la base objetiva e incuestionable evidencia- de la perpetración de un desapoderamiento ilegítimo (robo, agravado) por parte de los asaltantes, al corralón de materiales, a resultas de lo cual, y con la finalidad inequívoca de consumación y logro de impunidad, terminan matando al infortunado dueño del comercio, que evidentemente se opuso al robo, entre indignado y alterado (tal como, lamentable y generalmente reaccionan las personas de bien, en casos similares) ante un hecho de estas características”, manifestó Caputo Tártara en su voto.

“Coincido con las respectivas pretensiones procesales de las Partes acusadoras: Ministerio Público Fiscal y Particular Damnificado representado en este Debate por los doctores Alfredo J. M Gascón, Miguel Ángel Molina, Carlos y Santiago Irisarri. Estamos ante un inequívoco supuesto de homicidio agravado en los términos del artículo 80, inciso 7° del Código Penal, esto es, de una muerte claramente intencional, con irrefutable dolo de matar, a quien se oponía a la perpetración del robo del que estaba siendo objeto”, añadió

Para Caputo Tártara, “no es frecuente en un Juicio de la materia, encontrar tantos reconocimientos positivos respecto de un imputado. Y lo que tampoco es usual, es que se cuente con contundente identificación de un imputado cronológico-secuencial, lo cual se compone e integra con las percepciones de diversas personas que ven el accionar delictivo previo, concomitante e inmediato-posterior a la perpetración del mismo”.

De esta manera, los magistrados entendieron que Borgert condujo la moto con la que llegaron y escaparon del corralón.

Adempás, interpretaron que “sin el imprescindible auxilio o colaboración que prestó al ejecutor material del homicidio (restante co-autor), quien mató para consumar el robo y lograr impunidad (...), ninguno de cuyos objetivos se habrían consumado sin su colaboración”.

Por tal motivo, lo condenaron en relación a los delitos de “Homicidio Calificado, perpetrado para: consumar otro delito, asegurando su resultado, y para lograr impunidad, agravado por el Uso de Arma de Fuego; en Concurrencia Material, con Abuso de Arma Calificado”.

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